INSTITUCIONAL

Nuestra Historia Institucional.

El 7 de mayo de 1.967 compañeros trabajadores pertenecientes a la actividad pastelera y afines de la Ciudad de Salta resuelven constituir una organización sindical a la cual van a llamar “SINDICATO DE OBREROS PASTELEROS CONFITEROS PIZZEROS Y ALFAJOREROS (S.O.P.C.P.yA.)”, 41 años más tarde, el 7 de octubre de 2.008, se le cambiaría el nombre por la denominación“SINDICATO TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, PIZZEROS, HELADEROS, SANDWICHEROS Y ALFAJOREROS (S.T.P.C.P.H.S.yA.)” denominación ésta, que se va a conservar hasta nuestros días.

Si bien nuestra organización se crea en el año 67 por inspiración y las ansias de justicia de un grupo de compañeros liderados por Don Carlos Raymundo Reyes, ese hecho inicial fundacional se concreta bajo circunstancias políticas sumamente extremas y harto peligrosas para los integrantes que conformaron la primera comisión directiva del sindicato. Mucha entereza y coraje debieron tener nuestros antecesores sindicalistas para jugarse el pellejo constituyendo un sindicato en un escenario sociopolítico tan adverso: gobierno militar, luego un breve paso del peronismo por el gobierno en 1.973, sumado a esto la muerte del General Perón y sus naturales consecuencias, que no dieron espacio para rediseñar e imponer por mucho tiempo las medidas de fondo que abrieran paso hacia un país peronista y su consolidación, ya que en 1.976 la reacción demoliberal vuelve a producir un golpe de estado, generando las consecuencias económicas, políticas y represivas más graves de la historia.

Posteriormente los gobiernos que llegaron al poder invocando la doctrina peronista y levantando las banderas de Perón y Evita, gobernaron la Argentina con modelo que se apartan de la idea que los fundadores del movimiento peronista le imprimieron al mismo.

Finalmente los compañeros luego de muchos años de trabajo tuvieron su merecido premio ya que, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el 23 de Agosto de 1.989, ya con un gobierno democrático, y un movimiento obrero en la escena nacional, como protagonista relevante en este auspicioso marco político histórico para los trabajadores, nuestra organización sindical va a lograr el reconocimiento público, legal y oficial, al obtener la Personería Gremial Nº 1.479, otorgada por Resolución Nº 148. Con lo cual, podemos decir, que se cierra, de este modo exitoso, el ciclo fundacional de nuestro sindicato.

Vale decir, que nuestro sindicato fundado en el año 1.967 nace a la vida sindical Argentina como una organización integrada formalmente a la C.G.T. y a las 62 Organizaciones Sindicales Peronistas, y así sigue siendo hasta el presente (2.013).

El sindicato continuó su marcha ascendente y proyecta el primer ante-proyecto del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 360/75 para la rama de pastelerías, confiterías, pizzerías, alfajorerias y actividades similares, en el mismo se habían incluido las aspiraciones de los trabajadores, como ser las cuarenta y cuatro horas semanales, descanso semanal de un día y medio, salarios mensualizados, vacaciones anuales pagas, reconocimiento de la entidad gremial, ropa de trabajo, como así también las herramientas necesarias para desempeñarse; presentado ante el Ministerio de Trabajo de la Nación – Delegación Salta, hubo numerosas y arduas reuniones con los paritarios, firmándose nuestro primer Convenio de Trabajo en el año 1.975.

Debido al crecimiento de las actividades se hizo imprescindible una nueva negociación de nuestro convenio gestionando en forma conjunta con nuestra Federación la extensión del C.C.T. Nº 202/93 de orden nacional. El día 8 de Junio de 1.999 el M.T.E.y S.S. de la Nación, a través de la Resolución Nº 160/99 homologa el mismo. En el año 2.000 se modifica el número de convenio quedando a la fecha C.C.T. Nº 329/000 – Servicios Rápidos, aplicable para las actividades: Pastelerías, Confiterías, Pizzerías, Sandwicherias y Alfajorerias. Simultáneamente y ante la creciente expansión de la actividad heladería en nuestra provincia también se gestiona la extensión del C.C.T. Nº 273/96 de orden nacional, aplicable exclusivamente para la rama heladera, la cual es de aplicación actualmente.